La Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional entró en vigor tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, número 37,256, correspondiente al 26 de septiembre. La normativa introduce nuevas reglas sobre el manejo y el confinamiento de las personas privadas de libertad identificadas como miembros de estas agrupaciones.
Conforme al nuevo marco normativo, los privados de libertad que hayan sido declarados o identificados como miembros de asociaciones terroristas, maras o pandillas serán catalogados como reos de alta peligrosidad y de notable agresividad. En este régimen, deberán permanecer bajo custodia del Estado en aislamiento individual y en celdas de máxima seguridad, sin convivencia colectiva.
Asimismo, la normativa señala que cualquier excepción a las medidas de aislamiento deberá disponer de la autorización y la fundamentación del Consejo Técnico Interdisciplinario, de acuerdo con las condiciones previstas en la ley. Estas disposiciones forman parte de las medidas orientadas a reforzar el sistema penitenciario nacional.